Decreto67-1978·1978

Fijación del precio de venta del sorgo granifero

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de febrero de 1978

Fecha de publicación

14 de febrero de 1978

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el precio de venta del sorgo granífero para consumo interno en N$ 48.10 (nuevos pesos cuarenta y ocho con diez centésimos) los 100 quilogramos a granel.

Artículo 2Artículo 2

El pago de las compras de dicho cereal se deberá formalizar ante el Sector Granos (SEGRA) del Ministerio de Agricultura y Pesca, en momentos de realizar la venta y de acuerdo a las condiciones que fije dicho Sector.

Artículo 3Artículo 3

Derógase el decreto 414/977, de 20 de julio de 1977.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.-