Decreto67-1979·1979

Aprobación del reglamento de organizacion y funcionamiento del centro de adiestramiento de la fuerza de mar

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de febrero de 1979

Fecha de publicación

1 de marzo de 1979

Artículos (7)

Artículo 1

Contenido: 1. MARCO JURIDICO 2. OBJETIVOS 3. FUNCIONES GENERALES 4. FUNCIONES PARTICULARES 5. ESTRUCTURA ORGANICA 5.1 Descripción 5.2 Organigrama 6. UNIDADES ADMINISTRATIVAS 6.1 Jefatura 6.1.1 Segundo Jefe 6.1.2 Adjuntos 6.1.3 Juntas y Comités 6.1.4 Divisiones 6.1.4.1 División Adiestramiento 6.1.4.2 División Administración 6.1.4.3 División Mantenimiento 6.1.4.4 División Seguridad 7. DISPOSICIONES GENERALES 1. MARCO JURIDICO 1.1 Ley Orgánica de la Armada 10.808 (Artículo 11.B) de fecha 16 de octubre de 1946. 1.2 Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas 14.157 del 21 de febrero de 1974 (Docencia e Institutos Militares - Capítulo 22). 1.3 Decreto 11.789 del 2 de julio de 1948. 1.4 Ley de Instrucción Militar Obligatoria 9.943 de fecha 19 de diciembre de 1940.

Artículo 2

2.- OBJETIVOS 2.1 El Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar es un organismo de enseñanza que depende de la Inspección de Escuelas y Cursos. 2.2 Su misión es la Enseñanza Naval a Personal Superior y Subalterno de la Armada Nacional que le sea asignado, eventualmente Personal Civil afectado a tareas relacionadas con la actividad marítima.

Artículo 3

3.- FUNCIONES GENERALES A efectos de cumplir con la misión asignada, el Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar tiene a su cargo los siguientes cometidos: 3.1 Adiestrar Personal Superior y Subalterno de las Fuerzas, para obtener de ellos un mejor desempeño de sus cometidos. 3.2 Efectuar cursos de capacitación específicos para Oficiales Subalternos de todos los Cuerpos de la Armada. 3.3 Apoyar a otros Centros de Enseñanza Naval para proveer en coordinación enseñanza aplicada en diferentes áreas profesionales de su competencia o capacidad. 3.4 Capacitar Personal Civil afectado a ocupaciones relacionadas con la actividad marítima, contribuyendo al desarrollo nacional marítimo de acuerdo a la Política del Mando Naval. 3.5 Llevar a cabo los Cursos, enseñanzas o adiestramientos que le sean asignados.

Artículo 4

4. FUNCIONES PARTICULARES 4.1 Actuar en coordinación con los Comandos de las Fuerzas en la preparación e implantación del Plan Anual de Cursos y Adiestramiento para las mismas. 4.2 Proponer a la Inspección de Escuelas y Cursos Navales los Cursos en el ámbito nacional o extranjero para Personal Superior o Subalterno de las Fuerzas en diferentes áreas profesionales, para que éstas puedan llevar a cabo su misión.

Artículo 5

5. ESTRUCTURA ORGANICA 5.1 Descripción. El Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar cumple sus funciones de enseñanza y administrativas por medio de una estructura intermedia que será organizada de la siguiente forma: a) Jefatura de Centro; b) Divisiones de: Adiestramiento, de Administración, de Mantenimiento y de Seguridad; c) Departamentos: de Cuerpo General, de Máquinas y Electricidad, de Aprovisionamiento y Administración, de Contaduría y Tesorería, de Suministros y Almacenamiento, de Servicios, de Seguridad Física y de Seguridad Personal. 5.2 Organigrama<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 6

6. UNIDADES ADMINISTRATIVAS 6.1 Jefatura. La Jefatura del Centro será ejercida por el Jefe y el Segundo Jefe del mismo de conformidad con la distribución de competencias que se expresa seguidamente. El Jefe y el Segundo Jefe serán Oficiales en actividad designados en la forma que dispone la legislación correspondiente. a) Relaciones Depende de: Inspección de Escuelas y Cursos. Supervisa a: División Adiestramiento; División Administración; División Mantenimiento y División Seguridad; b) Funciones (del Jefe): 1º) Ejecutar el Plan de Cursos y Adiestramiento que le sean asignados. 2º) Coordinar el esfuerzo general de Instrucción de Personal Superior y Subalterno con otros Centros de Enseñanza Naval para producir economía de medios y evitar duplicidad de esfuerzos. 3º) Brindar asesoramiento a la inspección de Escuelas y Cursos en cuanto la selección específica del material de Cursos, Instructores, Ayudas a la Enseñanza y todo lo atinente a Instrucciones, Adiestramientos o Cursos que permita al Centro proyectarse al futuro con dinámica progresista. 4º) Proveer los medios mínimos imprescindibles para asegurar el cumplimiento de la misión que le ha sido asignada. 6.1.1 Segundo Jefe. a) Relaciones. Depende del: Jefe. Supervisa a: División Adiestramiento; División Administración; División Mantenimiento; División Seguridad; b) Funciones. 1º) Sustituir al Jefe en caso de ausencia. 2º) Secundar al Jefe en lo Administrativo y Funcional para el cumplimiento de los cometidos del Centro. 3º) Centralizar la conducción del trámite administrativo del Centro de acuerdo con las normas, leyes y decretos en vigencia. 4º) Ejercer el control de los asuntos vinculados con la administración, la economía y la disciplina. 5º) Ejercer tareas de coordinación entre los diferentes niveles operativos o funcionales del Centro para asegurar agilidad y fluidez en el cumplimiento de las directivas recibidas. 6.1.2 Adjuntos. A los efectos de la conducción de los asuntos relacionados con las necesidades internas, administración o trámite con otros Servicios de la Armada, el Jefe del Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar, dispone que los Oficiales de la Plana Mayor o Personal Subalterno cumplan funciones complementarias. 6.1.3 Juntas y Comités. a) Relaciones: Dependen del Jefe para su instalación y son presididas por el Segundo Jefe, para el estudio y recomendaciones que requieren pronunciamiento en cuanto los propósitos determinados al establecerlos. 6.1.4 Divisiones. Los Jefes de División serán Oficiales Subalternos de cualquiera de los Cuerpos de la Armada. La Organización interna del Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar, se realiza a través de las Divisiones de Adiestramiento, Administración, Mantenimiento y Seguridad, de acuerdo a la estructuración siguiente: 6.1.4.1 División Adiestramiento. a) Relaciones: Depende de: Jefatura. Supervisa a: Departamento de Cursos, Cuerpo General, Departamento de Cursos, Máquinas y Electricidad, Departamento de Cursos y Aprovisionamiento y Administración; b) Funciones: 1º) Determinar necesidades, planificar los Cursos, implantar y evaluar resultados para satisfacer los objetivos del Centro, actuando conjuntamente con los Jefes de Departamento. 2º) Seleccionar y proponer la designación del Plantel Docente para las actividades de Enseñanza, en coordinación con los Jefes de Departamento respectivos. 3º) Cumplir con el rol particular que le asigna el Manual Orgánico de la Unidad. 6.1.4.2 División Administración a) Relaciones: Depende de: Jefatura. Supervisa a: Departamento de Contaduría y Tesorería, Departamento de Suministros y Almacenamiento, Departamento de Servicios; b) Funciones: 1º) Centralizar todo el trámite de obtención, recepción, almacenamiento, envío, despacho, administración, control de los dineros, equipos o materiales afectados a la Unidad. 2º) Cumplir con el rol particular que le asigna el Manual Orgánico de la Unidad. 6.1.4.3 División Mantenimiento. a) Relaciones: Depende de: Jefatura. b) Funciones: 1º) Llevar a cabo los trabajos generales de mantenimiento o cuidado de los edificios, instalaciones y servicios de la Unidad. 2º) Cumplir con el rol particular que le asigna el Manual Orgánico de la Unidad. 6.1.4.4 División Seguridad. a) Relaciones: Depende de: Jefatura. Supervisa a: Departamento de Seguridad Física, Departamento de Seguridad Personal; b) Funciones: 1º) Llevar a cabo las tareas de vigilancia y control del Area Naval de asentamiento de la Unidad. 2º) Mantener un programa de adiestramiento y adecuación físico-combativa del Personal asignado a la Fuerza. 3º) Mantener un programa completo de Seguridad Personal. 4º) Cumplir con el rol particular que le asigna el Manual Orgánico de la Unidad.

Artículo 7

7. DISPOSICIONES GENERALES 7.1 Organización de los Cursos. Clasificación. Los Cursos o Adiestramiento a realizarse en el Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar se dividen en: 1) Cursos para Personal Superior. 2) Cursos para Personal Subalterno. 3) Otros Cursos asignados por el Mando Naval. 7.2 Requisitos de Matriculación en Cursos o Adiestramientos. Requisitos de Matriculación en los Cursos son: 1) Personal Militar en las condiciones que el Mando establezca. 2) Personal Civil como sea asignado, previo la autorización de Seguridad correspondiente expedida por la Segunda División del Estado Mayor Naval. 7.3 Cuerpo Docente. El Cuerpo Docente está integrado por: 1) Profesores. Profesionales especializados o idóneos que desarrollen materia o asignatura concreta, que requiera conocimientos especializados. 2) Instructores. Aquellos que imparten enseñanza profesional o Técnica profesional que sólo demande los conocimientos y aptitudes exigidas en función de su jerarquía, profesión y especialidad. 3) Conferencistas. Profesionales especializados o idóneos que sean propuestos por el Jefe del Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar, para dictar temas de su especialidad o dirigir algún trabajo de investigación. 7.4 Revisión y Actualización. El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento será rexaminado periódicamente, o cuando así lo disponga la superioridad con el fin de introducirle, si corresponde, las modificaciones necesarias para su debida actualización. En los casos en que se produzcan modificaciones sustanciales derivadas de la aprobación de nuevas normas legales o reglamentarias, la actualización deberá efectuarse en forma inmediata. 7.5 Encomiéndase al Segundo Jefe la realización de la revisión y propuesta de actualización del presente Reglamento en base a las directivas y previo pronunciamiento de la Jefatura del Centro a sus efectos. 7.6 Deróganse todos los decretos, resoluciones, reglamentaciones que se opongan o difieran con las normas establecidas en el presente Reglamento. 7.7 El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de la publicación del mismo en el Boletín del Ministerio de Defensa Nacional.