Decreto670-1977·1977

Incorporación de funcionarios al Ministerio de Economía y Finanzas, provenientes del Poder Legislativo

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de diciembre de 1977

Fecha de publicación

19 de diciembre de 1977

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Incorpóranse al Ministerio de Economía y Finanzas, Inciso 06, Programa 1.01, a los funcionarios del Inciso 1, Poder Legislativo, señores: Miguel Terra Gallinal y Eleuterio Soria Dalzzotto, Escalafón Ab, Grado 7, con la remuneración que perciben en su oficina de origen.

Artículo 2Artículo 2

La Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas, adoptará las providencias necesarias para la inclusión inmediata en sus planillas presupuestales de los funcionarios incorporados.

Artículo 3Artículo 3

La Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas, solicitará a la Dirección de los Servicios Administrativos del Palacio Legislativo, certificación de las remuneraciones que perciben los funcionarios incorporados.

Artículo 4Artículo 4

Una vez incorporados los funcionarios en las planillas presupuestales, la Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas, comunicará a su similar del Poder Legislativo, la inclusión y fecha de la misma, a partir de la cual dará baja a los funcionarios, al cargo y a las partidas correspondientes, no pudiendo proceder en tal sentido hasta tanto no reciba la referida comunicación.

Artículo 5Artículo 5

La Contaduría General de la Nación y la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, procederán a efectuar los ajustes presupuestales correspondientes.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, pase a sus efectos a la Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas y archívese.