Decreto676-1979·1979

Determinación de mantener por 10 años los índices de productividad de predios por las obras de desecacion de los banados de Rocha

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de noviembre de 1979

Fecha de publicación

19 de diciembre de 1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los grupos de unidades de suelos 3.11, 3.12, 3.13, 3.14, 3.15, 3,2, 3.30 y 3.31, correspondientes a los Bañados del departamento de Rocha, afectados por las obras de desecación, mantendrán su área actual y los índices de productividad, fijados por el decreto 88/974, de 31 de enero de 1974 por un período de diez años a partir de la fecha del presente decreto. (*)

Artículo 2Artículo 2

Estarán comprendidos en lo dispuesto en el artículo anterior, aquellos padrones cuyos propietarios contribuyan a las obras de desecación de los Bañados de Rocha. El organismo competente recaudador extenderá -anualmente- un certificado que acredite la contribución aludida para su presentación ante las oficinas estatales correspondientes.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.