Decreto682-1980·1980

Se autoriza la venta de una publicación conteniendo normas aplicables a los tributos recaudados por la Dirección General Impositiva

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de diciembre de 1980

Fecha de publicación

14 de enero de 1981

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Dirección General Impositiva a proceder a la venta de la referida compilación de normas aplicables a los tributos recaudados por dicha Oficina, en la forma y condiciones que se establecen en el presente decreto.

Artículo 2Artículo 2

El precio de venta de cada ejemplar será de N$ 470.00 (nuevos pesos cuatrocientos setenta). El referido precio incluirá, además, las seis primeras actualizaciones de la obra. Facúltase a la Dirección General Impositiva a modificar el precio de venta de las posteriores publicaciones y a fijar el de sus correspondientes actualizaciones, de acuerdo al costo real de las mismas y a las variaciones registradas en el índice de costo de vida.

Artículo 3Artículo 3

Autorízase a la Dirección General Impositiva a distribuir un número de ejemplares que no excederá de 300 entre sus funcionarios, a un precio especial de N$ 350.00 (nuevos pesos trescientos cincuenta), en la forma, condiciones y prioridades que la misma oficina establezca.

Artículo 4Artículo 4

La Dirección General Impositiva podrá distribuir un número de ejemplares que no excederá de 100, en forma gratuita, a título de donación, con destino a Ministerios, Organismos Públicos, Servicios Nacionales y Extranjeros, Bibliotecas y en todos los casos que se considere conveniente para la mayor difusión de la obra. Asimismo, en lo dispuesto por este artículo se considerarán incluidos los propios servicios de la Dirección General Impositiva.

Artículo 5Artículo 5

El producido de la venta de la obra y sus actualizaciones se depositará en la cuenta Tesoro Nacional de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° de la ley 14.867, de 24 de enero de 1979.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc. -