Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase el Presupuesto General de Gastos que rigió en el ejercicio 1919 - 1920, con las leyes que lo modificaron, hasta el 31 de Diciembre del corriente año. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase el Presupuesto General de Gastos que rigió en el ejercicio 1919 - 1920, con las leyes que lo modificaron, hasta el 31 de Diciembre del corriente año. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
El P. E., durante el período de prórroga, sólo podrá disponer de los seis duodécimos de las partidas que figuran en el Presupuesto.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.