Ley7470·1922

ESCUELA DE ODONTOLOGIA. ELECCION DE MIEMBROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/04/1922

Fecha de publicación

20/04/1922

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

El P. E. hará proceder a la elección del Consejo de la Escuela de Odontología en la forma establecida en el artículo 2.o de la ley de 8 de Septiembre de 1921.

Artículo 2Artículo 2

Este Consejo, una vez instalado, nombrará el Director correspondiente en la forma que lo prescribe el inciso A del artículo 3.o de la misma ley.

Artículo 3Artículo 3

Los profesores que en los nombramientos definitivos cesen en su carácter de tales, cesarán también como miembros del Consejo y se procederá a una nueva elección para llenar esos cargos.

Artículo 4Artículo 4

Derógase el inciso E del artículo 2.o de la ley de 8 de Septiembre de 1921.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de abril de 1922Promulgación (7470)
  2. 20 de abril de 1922Publicación (7470)