Artículo 1 — Artículo 1
Derógase el artículo 7.o de la ley de 8 de Septiembre de 1921 que establece que los estudios preparatorios para ingresar a la Escuela de Odontología serán los mismos que requiere el ingreso a la Facultad de Medicina.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de octubre de 1922
Fecha de publicación
8 de diciembre de 1922
Artículo 1 — Artículo 1
Derógase el artículo 7.o de la ley de 8 de Septiembre de 1921 que establece que los estudios preparatorios para ingresar a la Escuela de Odontología serán los mismos que requiere el ingreso a la Facultad de Medicina.
Artículo 2 — Artículo 2
Los estudios preparatorios de Odontología durante un año, observándose en sus asignaturas la orientación que determina el artículo 18 de la ley de 31 de Diciembre de 1908.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.