Artículo 1 — Artículo 1
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Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
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Artículo 2 — Artículo 2
El Consejo Nacional de Administración podrá disponer de los fondos a que se refiere el artículo 1.° hasta la suma de treinta y cinco mil pesos ($ 35.000.00) en calidad de reintegro para atender el servicio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Escolares, por los meses de Mayo y Junio del corriente año.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.