Artículo 1 — Artículo 1
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Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
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Artículo 2 — Artículo 2
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Artículo 3 — Artículo 3
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Artículo 4 — Artículo 4
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Artículo 5 — Artículo 5
(Disposición transitoria) Los máximos de vino obtenible y mínimos de porcentajes de rendimientos en orujos y borras aplicables a los vinos de las cosechas de los años 1979 y 1980 se fijarán de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º antes del 30 de noviembre del corriente año. (*)
Artículo 6 — Artículo 6
Comuníquese, etc.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.