Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2013, con un resultado deficitario de: A) $ 20.509.790.000 (veinte mil quinientos nueve millones setecientos noventa mil pesos uruguayos) correspondientes a la ejecución presupuestaria. B) $ 6.805.808.000 (seis mil ochocientos cinco millones ochocientos ocho mil pesos uruguayos) por concepto de operaciones extrapresupuestarias derivadas de la aplicación de normas legales. Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley como Anexo (*) y forman parte de la misma.