Decreto244-1976·1976

Fijación de plazo de vigencia de la exoneración de tasas portuarias, a la importación de maquinaria agrícola

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de mayo de 1976

Fecha de publicación

14 de mayo de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase como plazo de vigencia de la exoneración de tasas portuarias - dispuesto por el artículo 5º de la ley 12.670 de 17 de diciembre de 1969 para las importaciones de maquinarias, herramientas y otros artículos requeridos para la explotación agrícola, ganadera y granjera, plaguicidas y fertilizantes- el 31 de diciembre de 1976.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos.

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