Artículo 1 — Artículo 1
Desígnanse a las siguientes personas para integrar, en representación del Poder Ejecutivo, la Junta Honoraria Forestal, creada por decreto de fecha 9 de enero de 1945: Ing. Agr. Rosario Pou, que la presidirá: Ing. Agr. Gabriel J. Caldevilla, Ing. Agr. Carlos Mezzottoni contador Carlos Voulminot y escribano Jorge Maisonnave. Además, integrase la referida Junta Honoraria Forestal, con representantes del Banco de la República Oriental del Uruguay, Consejo de Educación Secundaria Básica y Superior, Instituto Nacional de Colonización, Rotary Club, Club de Leones e Industriales Madereros.