DecretoNº 296-1969·1969
Ministerio de Salud Pública. Parteras. Guardias
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
24 de junio de 1969
Fecha de publicación
30 de junio de 1969
Texto
Amplíase el art. 7º del Decreto Nº 165/969 de 8 de abril de 1969, estableciéndose que se faculta al personal que actúa integrando el Cuadro de Parteras Titulares del Ministerio de Salud Pública, a subrogarse entre sí, en sus guardias hasta tres veces en el mes, dando cuenta a la superioridad con por lo menos doce horas de anticipación del cambio a efectuarse.
Normas sobre el mismo tema
- Decreto 55-2026Creación en la órbita de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública, el "Comité nacional" para el monitoreo de muertes de menores de 15 años, siendo de carácter técnico Consultivo
- Decreto 159-2025Incorporación al derecho positivo nacional la resolucion GMC 07/23, por la que se aprobó el "Sub-estándar 3.7.33 requisitos fitosanitarios para MUSA spp. (Banana) según país de destino y origen para los Estados partes del MERCOSUR", y se deroga la resolucion GMC 23/16
- Decreto 241-2025Incorporación al ordenamiento jurídico nacional la resolucion GMC 05/24 del grupo mercado comun del MERCOSUR, por la que se aprobaron los "criterios generales de los Estados partes del MERCOSUR para la evaluación y el reconocimiento del estatus sanitario de los paises exportadores"
- Ley 20431Ley de muerte digna; Eutanasia
- Decreto 33-2025Reglamentación del art. 396 de la ley 19.924, por la que se faculta al Ministerio de Salud Pública, a aplicar determinadas sanciones
- Decreto 235-2025Incorporación al ordenamiento jurídico nacional la resolucion GMC 30/24 del grupo mercado comun del MERCOSUR, relativa al "sistema integrado de medidas fitosanitarias para el manejo del riesgo de xanthomonas axonopodis PV. Citri en frutos cítricos". Derogación del decreto 495/006