Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Agricultura y Pesca a contratar, con el Banco de la Repúbica Oriental del Uruguay, dentro de las líneas del Plan Agropecuario, un préstamo en moneda nacional, por hasta el importe necesario para cubrir las importaciones realizadas con destino a la ampliación de la Planta de Procesamiento de Semillas de la Cooperativa Agropecuaria Limitada de Productores de Semillas "Calprose", que se encuentra previsto en los Convenios de Préstamo suscritos por el Gobierno de la República con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento el 30 de junio de 1970, (Préstamo N.o 698 UR) y el 26 de abril de 1972 (Préstamo N.o 816 UR).