DecretoNº 353-1964·1964
Corte Electoral. Franquicias postales
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
10 de setiembre de 1964
Fecha de publicación
23 de setiembre de 1964
Texto
Declárase que está en pleno vigor y no ha sido derogado el artículo 210 de la Ley Nº 7.690 de 9 de enero de 1924, que otorgó a la Corte Electoral franquicia postal para el envío de su correspondencia, ya sea simple o certificada.
Normas sobre el mismo tema
- Ley 20272Derogación de la ley 19.654, que aprobó disposiciones interpretativas de los arts. 77 y 81 de la Constitución de la República, relativos a derechos y obligaciones inherentes a la ciudadanía
- Decreto 222-2023Reglamentación de los arts. 156 a 161 de la ley 18.407 y art. 449 de la ley 19.924, relativos a la Constitución y actuación de los institutos de asistencia técnica
- Ley 20229Acuñación de monedas conmemorativas de los cien años de la creación de la Corte Electoral
- Decreto 27-2022Designación con el nombre de Batallón "Jura de la Constitución" de comunicaciones N° 2, al actual Batallón de apoyo y servicios de comunicaciones N° 2
- Decreto 52-2022Prórroga de plazo dispuesto por el art. 6° del decreto 355/021, relativo a la Constitución y uso del domicilio electrónico (domel) ante senaclaft
- Decreto 403-2022Autorización a ANTEL a permutar el inmueble de su propiedad ubicado en la localidad Villa Constitución. Salto