Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Acuerdo de Alcance Parcial Agropecuario celebrado con fecha 14 de mayo de 1984 entre los Gobiernos de la República Oriental del Uruguay y de la República Argentina con base en las normas del Tratado de Montevideo 1980 y la Resolución 2 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio cuyo texto, como Anexo, forma parte del presente Decreto. (*)