Artículo 1 — Artículo 1
Declárase que los militares y el personal policial, en actividad, no pueden participar en el plebiscito de ratificación del próximo 30 de noviembre.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
27 de agosto de 1980
Fecha de publicación
11 de setiembre de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase que los militares y el personal policial, en actividad, no pueden participar en el plebiscito de ratificación del próximo 30 de noviembre.
Artículo 2 — Artículo 2
Publíquese, etc.