DecretoNº 494-1965·1965
Artículos de primera necesidad. Motores, repuestos de automotores y maquinaria agrícola
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de octubre de 1965
Fecha de publicación
8 de noviembre de 1965
Texto
Decláranse artículos de primera necesidad, los motores chasis, carrocerías, accesorios y repuestos para automotores, y maquinaria agrícola.
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