Decreto516-1968·1968

Comercio exterior. Importaciones. Maquinaria agrícola. Exoneraciones

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de agosto de 1968

Fecha de publicación

30 de agosto de 1968

Texto

Dispónese que la exoneración de derechos consulares, aduaneros y otros gravámenes a las importaciones de maquinaria agrícola, se aplicará a cosechadoras, hileradoras y equipos adicionales que lleguen al país antes del 31 de octubre.

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