Decreto644-1977·1977

Regulacion del ingreso de médico rural en el Ministerio de Salud Pública

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22 de noviembre de 1977

Fecha de publicación

6 de diciembre de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

El ingreso a los cargos de médico rural en el Ministerio de Salud Pública se realizará mediante el concurso de oposición entre los aspirantes que posean el certificado de médico rural otorgado por la Escuela de Graduados de la Facultad de Medicina.

Artículo 2Artículo 2

Establécese que los médicos rurales que hayan cumplido por lo menos dos años en el ejercicio de la función, podrán concursar en la especialidad medicina general, en un cargo que podrá ser superior hasta en dos grados al de médico rural.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese. -

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