DecretoNº 665-1973·1973
Ganadería. Plantas de faena. Autorización
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
16 de agosto de 1973
Fecha de publicación
23 de agosto de 1973
Texto
Modifícase el artículo 2 del Decreto Nº 533/973 por el cual autorizó a un solo matadero por departamento del Interior del país, a excepción de Canelones, a faenar para sí y para terceros, reses vacunas tipo industria y conserva durante determinado período, incorporando también al departamento de Maldonado dentro de la excepción mencionada.
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