Artículo 1 — Artículo 1
Deróganse los artículos 102, 103 y 106 del decreto de 25 de setiembre de 1936, en tanto se refieren a las obligaciones impuestas a los Agentes Departamentales y Encargados de Sucursal de la Dirección General Impositva vinculados al Tributo de Pesas y Medidas actualmente a cargo del Servicio de Contrastaciones del Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios.