Artículo 1 — Artículo 1
Inclúyense en las excepciones de la lista anexa a que se refiere el inciso C) del artículo 2 del decreto 923/975 de 2 de diciembre de 1975, las siguientes posiciones (NADI 28.10.02.00 y 28.16.02.99).
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
19 de febrero de 1976
Fecha de publicación
26 de febrero de 1976
Artículo 1 — Artículo 1
Inclúyense en las excepciones de la lista anexa a que se refiere el inciso C) del artículo 2 del decreto 923/975 de 2 de diciembre de 1975, las siguientes posiciones (NADI 28.10.02.00 y 28.16.02.99).
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.