Decreto102-1984·1984

Fijación de la tasa global Arancelaria para la importación de determinadas mercaderías

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de febrero de 1984

Fecha de publicación

27 de marzo de 1984

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en 35% la tasa global arancelaria de acuerdo a la composición establecida por el artículo 2º del decreto 477/982, de 27 de diciembre de 1982, para la importación de las mercaderías del ítem NADI 39.01.02.99.

Artículo 2Artículo 2

Dese cuenta a la Comisión Permanente del Consejo de Estado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.

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