Decreto1116-1973·1973

Regulacion de los tributos a la compraventa en remate público de bienes muebles y la integración del Fondo para Erradicacion de la Vivienda Rural insalubre

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de diciembre de 1973

Fecha de publicación

9 de enero de 1974

Texto

Compleméntanse disposiciones del Decreto Nº 386/968, que reglamentó al artículo 475 de la Ley Nº 13.640 sobre impuestos que gravan la compraventa en remate público de bienes muebles, y la integración del Fondo para Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre. Los agentes de retención estarán obligados en el momento de la declaración jurada a la individualización de la totalidad de las operaciones gravadas y de los tributos devengados. La Dirección General Impositiva, Oficina de Impuestos Internos confeccionará los formularios para las declaraciones juradas.

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