Decreto118-1980·1980

Aprobación de un régimen excepcional de normas de ordenamiento financiero para zonas francas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de febrero de 1980

Fecha de publicación

13 de marzo de 1980

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Exceptúase por el ejercicio 1979 a la Unidad Ejecutora 17 (Dirección de Zonas Francas) del Inciso 5 "Ministerio de Economía y Finanzas", del régimen establecido por los artículos 1º y 5º de la ley 14.867, de 24 de enero de 1979.

Artículo 2Artículo 2

La Contaduría General de la Nación incrementará las asignaciones de los rubros que correspondan del Programa 5.01, en función de la naturaleza de las erogaciones efectivamente realizadas en 1979 por la Dirección de Zonas Francas. Los importes así determinados se redondearán a la centena superior.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

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