Decreto12-1982·1982

Modificación de los aranceles por habilitación de hogares de Ancianos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de enero de 1982

Fecha de publicación

2 de marzo de 1982

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Sin texto disponible en la fuente.

Artículo 2Artículo 2

Sustitúyese el numeral 1º relativo a expedición delcertificado de habilitación de higiene ambiental a que se refiere el artículo 1º del decreto del Poder Ejecutivo 696/980, del 30 de diciembre de 1980, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Certificado de habilitación de higiene ambiental. -1º Para establecimientos con hasta 10 operarios, 5 jornales básicos. Para establecimientos con 11 a 25 operarios, 10 jornales básicos. Para establecimientos con 25 a 50 operarios, 15 jornales básicos. Para establecimientos con más de 50 operarios, 20 jornales básicos. Se entiende jornales básicos del grupo laboral de que se trate. Hogares de Ancianos sin finalidad de lucro y costeados por la comunidad, gratis."

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese. Publíquese, etc.

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