Decreto122-1973·1973

Comercio exterior. Importaciones. Franquicias aduaneras

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de febrero de 1973

Fecha de publicación

19 de febrero de 1973

Texto

Incorpórase a la nómina de reproductores beneficiados con las franquicias aduaneras, cambiarias y consulares a que se refiere el artículo 1° del Decreto N° 417/972, los reproductores cunícolas y pavipollos (pavos). Sustitúyese el artículo 5° del decreto mencionado.

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