DecretoNº 125-1968·1968
Tributos. Liquidación de impuesto
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
15 de febrero de 1968
Fecha de publicación
20 de febrero de 1968
Texto
Establécense normas complementarias para facilitar la aplicación del Impuesto a las Ventas y Servicios, establecido por el artículo 66 de la Ley Nº 13.637 (Presupuesto Nacional de Recursos) de fecha 21 de diciembre de 1967. Declárase que los alcoholes para encabezar vinos finos, licorosos, especiales y vermouth y los alcoholes para usos galénicos y opoterápicos, se encuentran comprendidos entre los bienes cuya venta se exonera por la citada ley. Derógase el apartado D) del artículo 5º del Decreto Nº 15/968 de fecha 9 de enero de 1968.
Normas sobre el mismo tema
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