DecretoNº 127-1968·1968
Tributos. Liquidación de impuesto
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
15 de febrero de 1968
Fecha de publicación
20 de febrero de 1968
Texto
Reglaméntanse los artículos 132, 134, 137, 139, 140, 141, 143 y 162 de la Ley Nº 13.637 (Presupuesto Nacional de Recursos) de fecha 21 de diciembre de 1967, referente a los Impuestos Internos Fijos. Facúltase a la Oficina de Impuestos Internos para otorgar plazos para el pago de las estampillas y la adopción de medidas pertinentes a los efectos de la mejor recaudación y fiscalización de los impuestos.
Normas sobre el mismo tema
- Decreto 137-2026Reglamentación del art. 211 de la ley 20.446, relativo a los beneficios a la importación de bienes vinculados al conocimiento cientifico, destinado a mejorar la Salud humana, animal o ambiental, a través de la exoneración tributaria a la importación
- Decreto 37-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 39-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 40-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 63-2026Reglamentación del art. 212 de la ley 20.446, relativo al régimen de desempeño con dedicacion exclusiva, para hasta cuatro funcionarios de la asesoria tributaria
- Decreto 138-2026Prórroga de la vigencia del decreto 82/026, relativo al régimen de retenciones del impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF), aplicable a la Industria de la construcción