Decreto149-1974·1974

Inhabilitación de funcionamiento de bancos privados, determinándose la intervención administrativa del Banco Central del Uruguay sobre los Patrimonios de dichas instituciones

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de febrero de 1974

Fecha de publicación

6 de marzo de 1974

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Retírase a partir del 1° de marzo de 1974 la autorización para funcionar a los Bancos Privados siguientes: Banco Mercantil del Río de la Plata, Sociedad de Bancos, Banco de Cobranzas, Locaciones y Anticipos, Banco de Fomento Industrial y Comercial y Banco Aldave y Martínez. El Banco Central del Uruguay continuará con la intervención administrativa de los patrimonios de dichas Sociedades hasta que el Poder Ejecutivo se lo indique y de acuerdo con las disposiciones de este decreto.

Artículo 5Artículo 5

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