Decreto150-1980·1980

Exoneración tributaria

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de marzo de 1980

Fecha de publicación

24 de marzo de 1980

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase por el término de un año a partir del 1º de febrero de 1980 la vigencia de las exoneraciones tributarias dispuestas por el decreto del Poder Ejecutivo 64/978 del 1º de febrero de 1978, por el cual se declaró de Interés Nacional la actividad de procesamiento de piedras preciosas y las actividades relacionadas.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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