Decreto180-1977·1977

Mantenimiento de las exoneraciones tributarias a las importaciones de yerba mate procedente de los paises integrantes de la Asociación Latinoamericana de libre Comercio

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de marzo de 1977

Fecha de publicación

13 de abril de 1977

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que las exoneraciones dispuestas por el decreto 68/977 rigen a partir del 1º de enero de 1977.

Artículo 2Artículo 2

Dése cuenta al Consejo de Estado, comuníquese, etc.

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