Decreto2-1975·1975

Modificación de la Sección materias primas de la tarifa aduanera, relativa al níquel en bruto y anodos para niquelar

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de enero de 1975

Fecha de publicación

13 de enero de 1975

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el contexto del Rubro 300 de la Sección Materias Primas de la Tarifa Aduanera, a que refiere la resolución de 26 de marzo de 1957, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Níquel en bruto y ánodos para niquelar comprendidos en las Posiciones 75.01 B 00 y 75.05 respectivamente, con el mismo aforo y derechos ya establecidos".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.

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