Decreto211-1975·1975

Prórroga de exoneraciones tributarias a las importaciones. Citricultura

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de marzo de 1975

Fecha de publicación

2 de abril de 1975

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse, hasta el 24 de febrero de 1976, las exoneraciones acordadas a la citricultura por el artículo 1º del decreto 138/972, del 24 de febrero de 1972 y concordantes. Las exoneraciones de referencia estarán sujetas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el decreto 138/972, del 24 de febrero de 1972 y concordantes.

Artículo 2Artículo 2

Dese cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Normas sobre el mismo tema