Decreto233-1978·1978

Determinación de beneficios tributarios para bienes destinados a la Industria Arrocera

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de mayo de 1978

Fecha de publicación

8 de mayo de 1978

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Incorpóranse los repuestos y bienes de capital destinados a la producción e industria arrocera a las mercaderías incluidas en el articulo 1.o, inciso A) del decreto 252/977 de 11 de mayo de 1977.

Artículo 2Artículo 2

Incorpórase al artículo 3.o del decreto 252/977 de 11 de mayo de 1977, el siguiente inciso: "H) Las importaciones de repuestos y bienes de capital, destinados a la producción e industria arrocera".

Artículo 3Artículo 3

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.-

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