Decreto234-1984·1984

Régimen de provisión de cargos presupuestados vacantes para funcionarios públicos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de junio de 1984

Fecha de publicación

5 de julio de 1984

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Para las promociones a realizarse en el año 1984 en el Programa 1.01 del Inciso 5º "Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas conforme al régimen del presente decreto, se prescindirá de los requisitos establecidos por los artículos 10 y 12 del decreto 903/973, de 24 de octubre de 1973.

Artículo 2Artículo 2

La puntuación para los ascensos se establecerá, en todos los casos, en la forma dispuesta por los artículos 5º y 7º del decreto 903/973, en lo pertinente. La nota de mérito por desempeño en el cargo será la resultante de promediar las puntuaciones de calificaciones por méritos anuales correspondientes a las tres últimas calificaciones definitivas realizadas. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, a los funcionarios que hayan aprobados los cursos a que hace referencia el artículo 1º del decreto 903/973, y que les asista el derecho a acceder a los cargos indicados en dicho artículo, les será incrementado en diez por ciento (10%) la puntuación total de la nota de mérito.

Artículo 3Artículo 3

El presente decreto será aplicable cualquiera fuero la fecha en que se han producido las vacantes a proveer.

Artículo 4Artículo 4

En todo lo no previsto expresamente por este decreto, regirán las normas de los decretos 902/973 y 903/973, de 24 de octubre de 1973.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, notifíquese, etc

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