Artículo 1 — Artículo 1
Modifícanse los Aranceles establecidos en el decreto 247/972 de fecha 6 de abril de 1972, por los siguientes: Certificado de alumno en general, N$ 3.00. Derecho examen médico, N$ 1.00. Habilitaciones en general, N$ 55.00. Licencias en general validez 1 año, N$ 8.00. Licencias en general validez 6 meses, N$ 5.00. Autorizaciones varias y certificados, N$ 5.00. Permisos especiales, N$ 5.00. Reválida ciudadano uruguayo, N$ 8.00. Reválida extranjeros, N$ 15.00. Derechos examen en general, N$ 5.00. Derechos examen por repetición de materia 2ª y siguiente, N$ 2.00. Rúbrica de libros en general (por libro), N$ 5.00. Licencia de mecánico de avión a motor (2 años), N$ 10.00. Inspección para la autorización de talleres aeronáuticos, N$ 8.00. Certificado de taller autorizado, N$ 10.00. Certificado de aeronavegabilidad, N$ 0.50, por HP de motor. NOTA: Los duplicados de Licencias en General, autorizaciones y rúbrica de libros, etc., se deberá abonar la tasa arriba establecida para el documento original.