Decreto245-1968·1968

Comercio exterior. Exoneración de derechos aduaneros

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de abril de 1968

Fecha de publicación

17 de abril de 1968

Texto

Prorrógase hasta el 30 de setiembre de 1968 la exoneración de derechos aduaneros y adicionales, así como de todo otro tributo a la importación de las siguientes mercaderías: azúcar crudo y/o en bruto destinado a la refinación, yerba mate canchada, café en grano, arpillera, máquinas para obras viales, medicamentos y materias primas destinadas a la elaboración de los mismos, cuya introducción a plaza se realice sin recargos que superen el 10%.

Normas sobre el mismo tema