DecretoNº 247-1969·1969
Politica social. Fondo Nacional de Vivienda
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
23 de mayo de 1969
Fecha de publicación
28 de mayo de 1969
Texto
Establécense normas tendientes a facilitar las aportaciones al Fondo Nacional de Vivienda, prorrogándose hasta nueva resolución el régimen supletorio de percepción de recursos a dicho fondo establecido por el Decreto Nº 55/969 de 28 de enero de 1969, que será opcional y se aplicará indistintamente con el previsto en el Decreto Nº 222/969 de 7 de mayo de 1969.
Normas sobre el mismo tema
- Ley 20495Regulacion de las medidas provisionales y procedimiento expropiatorio de bienes inmuebles con deuda compensable, conforme al art. 62 de la ley 18.308
- Decreto 290-2025Derogación del decreto 71/991, relativo a la regulacion de los gastos de arrendamiento de viviendas de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que se Desempeñan en misiones Diplomáticas
- Decreto 243-2025Reglamentación de la ley 20.237, relativa a normas para deudores en unidades reajustables del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Agencia Nacional de Vivienda
- Decreto 50-2025Aprobación del programa nacional de ordenamiento Territorial
- Ley 20395Modificación de los arts. 2° y 4° de la ley 20.237, que aprobó normas para deudores en unidades reajustables del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Agencia Nacional de Vivienda
- Decreto 55-2025Aprobación del reglamento del Fondo de Vivienda para el Personal del Ministerio de Defensa Nacional