Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Flores a modificar el monto imponible para el cálculo del Impuesto de Patente de Rodados para el ejercicio 1980.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
7 de mayo de 1980
Fecha de publicación
4 de junio de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Flores a modificar el monto imponible para el cálculo del Impuesto de Patente de Rodados para el ejercicio 1980.
Artículo 2 — Artículo 2
Al formularse la modificación presupuestal para el ejercicio 1980, deberá incluirse una estimación fundada de recursos, así como también el destino a darse de los mismos.
Artículo 3 — Artículo 3
Establécese que para el cálculo de la Patente de Rodados del año 1980 la Intendencia Municipal de Flores aplicará la Tabla de Valores del Banco de Seguros del Estado vigente al 30 de setiembre de 1979.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.