Decreto279-1977·1977

Determinación del aguinaldo para la actividad pública. Junio 1977

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20 de mayo de 1977

Fecha de publicación

30 de mayo de 1977

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase a los funcionarios públicos de los Incisos 1 al 33 del Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, al amparo de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la ley 14.360, del 17 de abril de 1975, una suma equivalente a la doceava parte de las retribuciones de carácter permanente contenidas en los Padrones Presupuestales sujetas a montepío percibidas en el período comprendido desde el 1º de diciembre de 1976 al 31 de mayo de 1977.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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