Artículo 1 — Artículo 1
Declárase que los Fiscales Letrados Departamentales tienen legitimación procesal para actuar en sus respectivas sedes jurisdiccionales, asistiendo a la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de la Vivienda Insalubre Rural, en los juicios que ésta inicie por deudas contraídas por quienes recibieron viviendas en adjudicación por parte de aquélla.