Decreto287-1969·1969

Huelga. Funcionarios. Remuneraciones

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de junio de 1969

Fecha de publicación

27 de junio de 1969

Texto

Considéranse pérdidas las remuneraciones de los días no trabajados de los funcionarios en paros o huelgas aplicándose las sanciones que correspondan.

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