Decreto289-1966·1966

Impuesto a la enajenación de vehículos automotores. Reglamentación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de junio de 1966

Fecha de publicación

24 de junio de 1966

Texto

Concédese un plazo de 90 días para el interior del país y de 60 días para Montevideo, para regularizar las enajenaciones de vehículos, a los efectos de la inscripción en el Registro General de Vehículos Automotores.

Normas sobre el mismo tema