Decreto291-1978·1978

Determinación del aguinaldo para la actividad pública. Junio 1978

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de mayo de 1978

Fecha de publicación

6 de junio de 1978

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase a los funcionarios públicos de los Incisos 1 al 30 del Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, al amparo de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la ley 14.360, de 17 de abril de 1975, una suma equivalente a la doceava parte de las retribuciones de carácter permanente contenidas en los padrones presupuestales sujetas a montepío, percibidas en el período comprendido desde el 1º de diciembre de 1977 al 31 de mayo de 1978.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Normas sobre el mismo tema