Decreto321-1979·1979

Determinación del aguinaldo para la actividad pública. Junio 1979

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de junio de 1979

Fecha de publicación

11 de junio de 1979

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase a los funcionarios públicos de los Incisos 1 al 30 del Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, al amparo de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la ley 14.360, de 17 de abril de 1975, una suma equivalente a la doceava parte de las retribuciones de carácter permanente contenidas en los Padrones Presupuestales sujetas a montepío, percibidas en el período comprendido desde el 1º de diciembre de 1978 al 31 de mayo de 1979.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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