DecretoNº 33-1972·1972
Comercio exterior. Industria Arrocera. Franquicias tributarias
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
20 de enero de 1972
Fecha de publicación
26 de enero de 1972
Texto
Prorrógase la vigencia de los Decretos Nos. 679/968, 608/969 y 657/970 de fechas 12 de noviembre de 1968, 4 de diciembre de 1969 y 24 de diciembre de 1970 respectivamente, sobre exoneraciones previstas para la importación de bienes de capital destinados a la ampliación de áreas arroceras.
Normas sobre el mismo tema
- Decreto 137-2026Reglamentación del art. 211 de la ley 20.446, relativo a los beneficios a la importación de bienes vinculados al conocimiento cientifico, destinado a mejorar la Salud humana, animal o ambiental, a través de la exoneración tributaria a la importación
- Decreto 37-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 39-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 40-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 63-2026Reglamentación del art. 212 de la ley 20.446, relativo al régimen de desempeño con dedicacion exclusiva, para hasta cuatro funcionarios de la asesoria tributaria
- Decreto 138-2026Prórroga de la vigencia del decreto 82/026, relativo al régimen de retenciones del impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF), aplicable a la Industria de la construcción