Decreto34-1984·1984

Exoneración tributaria - impuesto a las rentas de la Industria y Comercio

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18 de enero de 1984

Fecha de publicación

13 de febrero de 1984

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 130.000 (nuevos pesos ciento treinta mil) para el año 1983, el monto del ingreso establecido en el artículo 66 del decreto 663/979 de 19 de noviembre de 1979 a efectos de quedar comprendidos en la exoneración establecida en el literal E) del artículo 25 del Título 2 del Texto Ordenado 1982.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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